Consiste en un proceso de construcción colectiva que integra los diferentes puntos de vista de los diferentes grupos de valor de las entidades, para participar en el rumbo de las políticas, planes, programas, proyectos o trámites, buscando la resolución de problemas y atención de necesidades, de acuerdo con los resultados del análisis e identificación previa de necesidades.
En cuanto al presupuesto participativo, la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, como una entidad humanitaria y extrajudicial no está obligada a ejecutar este mecanismo según lo dispuesto en los artículos 89, 90 y 91 de la Ley 1757 de 2015 que señala disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática.
La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el marco de su misionalidad, definida en el Decreto Ley 589 de 2017, no tiene la competencia para el tema establecido en este ítem.
La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas ha destinado dentro de su presupuesto recursos para la implementación de la estrategia Red de Apoyo para la Búsqueda en el marco de su misionalidad.
La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas cuenta con diferentes canales de contacto en los que la ciudadanía puede interactuar activamente con la entidad y dejar sus opiniones sobre nuestros servicios. Los canales son:
Hasta el momento, no existe normativa interna que afecte el proceso de participación ciudadana, pero en caso de que la haya, será publicada.
Hasta el momento, no existe normativa interna que afecte el proceso de participación ciudadana, pero en caso de que la haya, será publicada